Un inquilino dejó de pagar el alquiler y se negó a devolver el departamento

Un juez civil ordenó el desalojo y una fuerte multa por la imposibilidad de disponer del inmueble.

22 septiembre, 2026

El juez ordenó el desalojo y el pago de una compensación por cada mes que el departamento estuvo ocupado. Foto: archivo.
El juez ordenó el desalojo y el pago de una compensación por cada mes que el departamento estuvo ocupado. Foto: archivo.

Un hombre alquiló un departamento en Neuquén capital: presentó toda la documentación requerida, se certificó el contrato y comenzó a vivir en el lugar. Todo marchó bien durante los primeros tres meses. Después dejó de pagar; incluso acumuló deudas por el servicio eléctrico. La insólita respuesta del ocupante: el propietario no tenía otros interesados en instalarse en el lugar.

 

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El juez civil Javier Alarcón consideró que el perjuicio no depende de que el dueño demuestre que tenía una persona interesada en alquilarlo o una operación concreta que se hubiera frustrado. Lo que debe repararse es la imposibilidad de disponer del departamento una vez finalizada la relación contractual.

“El perjuicio indemnizable no radica en la frustración de una contratación específica sino en la privación misma de la disponibilidad económica del inmueble”, sostuvo el magistrado, y calificó la situación como un “daño patrimonial cierto y actual”.

 

El contrato terminó por falta de pago

El departamento había sido alquilado como vivienda familiar. El inquilino pagó el depósito y los primeros tres meses, pero luego dejó de abonar alquileres y acumuló también deudas por el servicio de electricidad.

El propietario inició distintos reclamos judiciales y solicitó el desalojo. La demanda fue notificada el 2 de agosto de 2024 y, para el fallo, desde ese momento quedó expresada la decisión de terminar el contrato y nació la obligación de devolver el inmueble.

 

Más de un millón de pesos por cada mes

Para calcular el perjuicio, Alarcón tomó como referencia el valor de mercado inmobiliario para un departamento de características similares y lo llevó a valores actuales mediante parámetros vinculados con la evolución de los alquileres.

Así fijó una indemnización de más de un millón de pesos por cada mes en que el propietario no pudo disponer del inmueble, a partir del 2 de agosto de 2024 hasta la actualidad, más los intereses.

La condena alcanzó también al hombre que había firmado como fiador solidario y principal pagador. El contrato establecía que la garantía comprendía las obligaciones derivadas del alquiler, incluidos los reclamos por desalojo y daños y perjuicios, y que se mantenía mientras el inquilino continuara ocupando el inmueble.