2026-02-25

Techo Digno – Cipolletti: un juez rechazó las impugnaciones presentadas por los exintendentes Tortoriello y Baratti

Los exfuncionarios están imputados de administración fraudulenta y peculado. El magistrado sostuvo que la justicia debe estudiar “hechos y conductas” y “no calificaciones legales”. Los defensores reclamaban la prescripción y nulidad de la causa.

El juez Marcelo Gómez rechazó el pedido “nulidad” y “prescripción” que formularon los defensores de los exintendentes Aníbal Tortoriello y Abel Baratti, y de los empresarios de la construcción involucrados en la causa Techo Digno Cipolletti, por lo que el proceso deberá continuar por sus cauces naturales.

 

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En un extenso y detallado análisis – cuya lectura demandó más de 40 minutos -, el magistrado sostuvo que en el ámbito judicial se deben considerar “hechos y conductas”, y no “calificaciones legales”, las que en todo caso se podrán corregir “en el momento de la sentencia, después del juicio”.

Además de los exintendentes, en esta causa están imputados los empresarios Domingo Mocciola (Mocciola constructora); Arturo Mendiberry (Zigma); y José Daniel Zoppi (Zoppi SA); y la ex contadora municipal Lucila Chiocconi. Mediante la operatoria “Techo Digno”, la subsecretaría de Vivienda de la Nación financió la construcción de 404 viviendas en Cipolletti, con la administración del municipio. Pero según las pericias que realizó el IPPV, se facturó y pagó por encima de lo efectivamente construido, por lo que están acusados de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Los imputados solicitaron la declaración de nulidad de toda la causa, debido a un cambio que realizó en la fiscalía en la acusación; y además interpusieron el pedido de prescripción del plazo de elevación a juicio, por el paso del tiempo establecido en la ley. Un pedido que ya había sido rechazado por la jueza de Garantías Alejandra Berenguer, y que llegó a la instancia de revisión.

 

El juez Marcelo Gómez rechazó los argumentos de los defensores. "No se violó el principio de defensa en juicio", sostuvo. Foto: Cipo360.

 

En este caso, Gómez entendió que la definición de la magistrada estaba “racionalmente argumentada” y que “no existieron arbitrariedades”.  También aseveró que “no se violó el derecho de defensa” de ninguna de las partes.

En su argumentación, en la que citó abundante jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Tribunal Superior de Justicia de Río Negro, el juez recordó que la posición de “funcionario público” puede ser un “obstáculo para el desarrollo de una investigación”. Esto es tan así “que no se debe probar materialmente” una intervención directa en la causa. Se entiende que por su posición de poder, está en condiciones de formular presiones y desviar su desarrollo o bien demorarla hasta la prescripción.

 

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Los hechos que se atribuyen a los imputados ocurrieron entre 2015 – cuando comenzó la operación Techo Digno y la construcción de las 404 viviendas -, y 2016, cuando la gestión del entonces presidente Mauricio Macri decidió terminar con la misma. En ese momento, las viviendas pasaron a la órbita provincial.

En diciembre de 2015, Baratti dejó su cargo como intendente y se alejó de la política. Su sucesor, Tortoriello, continuó: tras alejarse de la intendencia fue candidato a gobernador (2019); y diputado nacional (2021) y reelecto en 2025. Esa exposición es la que, para los jueces, interrumpe los plazos de prescripción, y es extensible al resto de los investigados.

 

El abogado de Tortoriello, Sebastián Perazzolli, hizo reserva "de un recurso extraordinario federal". Foto: Cipo360.

 

El defensor de Tortoriello, Sebastián Perazzolli, y el del empresario Mendiberry, José Luis Vicenty, adelantaron que estudiarán la nueva situación pero dejaron planteado la posibilidad de “un recurso extraordinario federal”, para llegar hasta la instancia de la Corte Suprema.

Están en su legítimo derecho de defensa”, respondió Gómez.

 

 

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