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13/12/2025

La justicia rechazó el embargo de una propiedad para cobrar una multa millonaria

La municipalidad de Cipolletti había multado por 36 millones de pesos al Consorcio El Edén, por impulsar un loteo en una zona no autorizada.
La municipalidad clausuró el emprendimientos y aplicó una multa millonaria al consorcio que llevaba adelante el loteo sin autorización. Foto: archivo.
La municipalidad clausuró el emprendimientos y aplicó una multa millonaria al consorcio que llevaba adelante el loteo sin autorización. Foto: archivo.

El loteo impulsado por el Fideicomiso El Edén seguirá generando polémica. La jueza del fueron contencioso administrativo María Adela Fernández decidió dejar “sin efecto” una sentencia anterior y levantar los embargos que pesaban sobre la chacra en la que se pensaba desarrollar un loteo no autorizado por el municipio.

 

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La propiedad está ubicada entre la ruta nacional 22 y el canal principal de riego, en un sector que el municipio considera “no urbanizable”. Y a pesar de esa situación, los propietarios habían impulsado el desarrollo inmobiliario en varias oportunidades. El gobierno municipal consideró que se trataba de “una estafa”, realizó una denuncia penal y logró el desalojo del predio con una orden judicial. Allí se dispuso una guardia permanente para evitar nuevas acciones.

En forma paralela, aplicó dos sanciones a la empresa que totalizaron 36 millones de pesos por violación al Código Urbano. El abogado de la firma, Rubén Antiguala, consideró que se trata de montos “exorbitantes”, que “no tienen relación con la realidad” y los consideró “expropiatorios” y “arbitrarios”.

 

El municipio objetó el loteo porque se encuentra "en una zona no urbanizable" y recurrió a la justicia. Foto: archivo.

 

El 22 de octubre se había dictado una “sentencia monitoria” para impulsar la ejecución del capital más los intereses; pero la parte acusada presentó una impugnación formal: la “inhabilidad de título” y ofrecieron una caución real.  Antiguala explicó que el proceso pudiera continuar, “la deuda debe estar certificada”. En este caso, el municipio no presentó esa documentación.

La jueza Fernández sostuvo que “por imperio de la máxima normativa municipal, es necesaria la certificación de la deuda para perseguir su cobro por vía judicial. Por ello, en el caso particular de autos, al no encontrarse certificada la deuda, no existe suficiente título ejecutivo”.

Antiguala adelantó que los próximos pasos serán “solicitar la nulidad de las multas y reclamar la devolución de la propiedad, hoy en manos del municipio”.